6ta. Edición 2024

Empleo y Seguridad Social

POR UNA CULTURA DE EMPLEO LEGAL Y PROTEGIDO

Culminó la 6ta. edición del espacio de intercambio profesional CRECIENDO JUNTOS, y con ello la certeza de que, en materia de derechos y deberes laborales, el camino del crecimiento empresarial está seguro si nos guían derroteros de legalidad cuando gestionamos los recursos humanos.

Los principios jurídicos contenidos en la Constitución de la República de Cuba, en el Código del Trabajo y en las legislaciones que ofrecen total protección a los trabajadores y sus familiares, fueron abordados por directivos del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, ante un público compuesto fundamentalmente por nuevos actores de la economía de Boyeros, para fomentar cultura y buenas prácticas asociadas a esta importante temática.

Las dudas e interrogantes de empleadores, representantes de PDL, mipymes y TPCP, fueron esclarecidas por las autoridades presentes y demostraron que nos queda mucho por hacer en las organizaciones cuando hablamos de: formalizar la relación laboral; plantillas; contratación; proceso de selección; salarios; régimen de trabajo y descanso; capacitación; condiciones laborales seguras e higiénicas; obligaciones tributarias, entre otros aspectos contenidos en el diseño del sistema de gestión de capital humano.

Igualmente se pudo constatar que los empleadores pueden estar sujeto, desde la prevención, a inspecciones por incumplimiento de las leyes vigentes en el país, que amparan todo lo relacionado con el empleo y la seguridad social de los trabajadores.

Hoy en el teatro de la Feria de Rancho Boyeros, FEVEX, y con la colaboración del Gobierno del municipio, se volvió a constatar la necesidad de potenciar estos espacios de fructífero intercambio, auspiciados por VALUARTE, donde todos aprendemos y contribuimos a propiciar el crecimiento colectivo a favor del progreso de la empresa y del territorio. ¡NOS VEMOS EN LA PRÓXIMA EDICIÓN!!!

En Contexto

Los principios fundamentales que rigen el derecho de trabajo son:
  1. El trabajo es un derecho y un deber social del ciudadano y los ingresos que por él se obtienen son la vía fundamental para contribuir al desarrollo de la sociedad y a la satisfacción de sus necesidades personales y familiares.

  2. Igualdad en el trabajo; todo ciudadano en condiciones de trabajar tiene derecho a obtener un empleo atendiendo a las exigencias de la economía y a su elección, tanto en el sector estatal como no estatal; sin discriminación por el color de la piel, género, creencias religiosas, orientación sexual, origen territorial, discapacidad y cualquier otra distinción lesiva a la dignidad humana.

  3. Igualdad en el salario; el trabajo se remunera sin discriminación de ningún tipo en correspondencia con los productos y servicios que genera, su calidad y el tiempo real trabajado, donde debe regir el principio de distribución socialista de cada cual según su capacidad a cada cual según su trabajo. El Estado, atendiendo al desarrollo económico-social alcanzado, establece el salario mínimo en el país.

  4. Prohibición del trabajo infantil y la protección especial a los jóvenes en edades comprendidas entre quince y dieciocho años de edad, que se incorporan al trabajo, con el fin de garantizar su desarrollo integral.

  5. El derecho de los trabajadores a la capacitación y superación, en las condiciones específicas que establece la legislación.

  6. El derecho de los trabajadores al descanso diario, semanal y de las vacaciones anuales pagadas.

  7. El derecho de los trabajadores a la seguridad y salud en el trabajo, mediante la adopción de medidas para la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

  8. El derecho de los trabajadores y sus familias a recibir la protección de la seguridad social de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente.

  9. Los derechos de trabajo y de seguridad social que se confieren a la trabajadora, para proteger su maternidad y facilitar su atención médica, el descanso pre y postnatal y el cuidado de los hijos menores.

  10. El derecho de los trabajadores a asociarse voluntariamente y constituir organizaciones sindicales, de conformidad con los principios unitarios fundacionales, sus estatutos y reglamentos que aprueban democráticamente; y actúan con apego a la ley.

  11. El derecho de los trabajadores a promover acciones ante los órganos, autoridades e instancias competentes, para el reconocimiento y cumplimiento de los derechos de trabajo y de seguridad social consagrados en la legislación.

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