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EL CONTROL AL SISTEMA DE GESTIÓN DE CAPITAL HUMANO 

Por:Lisandra Ramírez Mesa

El control, como proceso transversal a todas las actividades que realiza una organización, requiere un actuar colectivo, liderado por la alta dirección; su aplicación y actualización constante, constituye requisito para el desarrollo del sistema empresarial en todas las formas de gestión económica, y lograr así, cumplir los objetivos y la estrategia trazada por la organización. 

Realizar acciones de control en cualquier área organizativa de una entidad, significa una inquietud y un reto también; pues su resultado puede tributar como contrapartida, al resto de los subsistemas de la organización. Actualmente existen deficiencias en su diseño e implementación, por diversos motivos, lo cual debe ser atendido por los empleadores, y éstos están en el deber de trabajar de manera oportuna para minimizar los riesgos existentes e instruir y alertar a los trabajadores.

El área de recursos humanos, la documentación que se genera en la misma, es fuente principal de cualquier inspección a realizar por los organismos competentes, autorizados para ello. En esta área, se asienta la base reglamentaria fundamental donde se consolida la relación jurídica-laboral, entre el hombre y la organización.

La inspección en materia laboral, es una actividad que fundamentalmente controla el cumplimiento de la legislación de trabajo, de seguridad social y dispone o aplica las medidas legalmente establecidas. Su base legislativa fundamental es la Ley 116 “Código de Trabajo”, del 2013 y el Decreto 326, Reglamento del Código de Trabajo”, del 2014, además de las normas complementarias. El incumplimiento del contenido de las normativas citadas, puede acarrear la toma de medidas al empleador por el organismo pertinente.

Pueden ser sujetos de una inspección en materia laboral los actores económicos del país, ya sean del sector estatal como no estatal. Todos, tienen la obligación de cumplir cabalmente con las normas establecidas en el territorio cubano. Los sujetos de la inspección del trabajo son los empleadores radicados en el territorio nacional y otros que la ley determine.

Las infracciones de la legislación de trabajo y de seguridad social, las medidas, así como el procedimiento para su aplicación y los recursos, se regulan en el Decreto 326 “Reglamento del Código de Trabajo”.

Según la normativa antes mencionada, se dispone que, en Cuba, la inspección del trabajo es facultad de:

a) el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, respecto a la legislación de trabajo y seguridad social;

b) el Ministerio de Salud Pública, respecto a medicina e higiene del trabajo;

c) el Ministerio del Interior, en lo relativo a la protección contra incendios, explosivos y sustancias peligrosas;

d) el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en lo relativo a las sustancias biológicas, radiológicas y al medio ambiente; y

e) los órganos, organismos de la Administración Central del Estado, entidades nacionales y los Consejos de la Administración, que dentro de sus respectivos sistemas realizan inspecciones.

El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social ejecuta la inspección del trabajo mediante la Oficina Nacional de Inspección del Trabajo, por sus siglas ONIT, y sus filiales en los respectivos territorios. De los resultados de la inspección, debe suministrarse información al empleador, a la organización sindical correspondiente (si existiera en la entidad) y a los trabajadores.

La ONIT, tiene como misión comprobar: el cumplimiento de las políticas en materia de trabajo, protección, seguridad e higiene del trabajo; seguridad social y prevención; asistencia y trabajo social, y solicitar o aplicar las medidas legalmente establecidas en caso de violación de alguno de los derechos y deberes laborales.     

Si Ud. tiene alguna duda en materia laboral, déjenos saber en los comentarios y será un placer reflexionar e intercambiar opiniones para continuar Creciendo Juntos. No olvide suscribirse en nuestro sitio web, pues en próximas publicaciones usted tendrá acceso a contenido exclusivo en materia laboral y otras áreas importantes para la gestión de su empresa.

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6 comentarios en “EL CONTROL AL SISTEMA DE GESTIÓN DE CAPITAL HUMANO ”

  1. Nos complace ver que trabajan por preparar a los empleadores , dueños de mipymes, que necesitan asesoría en materia de derecho laboral y recursos humanos.

    1. Muchas gracias Manuel, en VALUARTE estamos comprometidos con la gestión empresarial de los actores económicos en Cuba; por tanto, compartiremos nuestros conocimientos en Gestión de Capital Humano y otras áreas especializadas para el crecimiento de los empresarios en Cuba. Es un placer contar con su presencia e intercambiar con usted.

    1. Muchas gracias Erlan. Le invitamos a que se suscriba en nuestro sitio web y comparta con nosotros sobre Gestión Empresarial y desarrollo local en Cuba.

  2. Avatar
    Pedro Antonio Rodríguez Hernández

    Muy interesante el tema. Consideramos que el punto de partida para cualquier emprendimiento comienza con la selección correcta de los Recursos Humanos atendiendo a las metas propuestas a corto, mediano y largo alcance. Su idoneidad demostrada y la superación constante, nos permitirá avanzar por los caminos del éxito.
    Hay otro grupo importante de elementos que acompañan constantemente el proceso como son las leyes y procedimientos que regulan la acción y la incidencia sobre el medio ambiente, todo lo cual nos conduce a una satisfacción plena del cliente, la sociedad y del cuidado al medio ambiente, así como un colectivo laboral saludable y protegido.

    1. Gracias Pedro por su comentario. Estamos de acuerdo con usted, pues la gestión de los recursos humanos es parte esencial del éxito empresarial. Saludos.

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