La nueva edición actualiza normas relacionadas con el comercio interior, el Registro Central Comercial, los establecimientos y los requisitos técnicos. Pero la pregunta más importante no es solo qué dicen las normas, sino qué significa cada una para tu actividad económica.
La publicación de la Gaceta Oficial No. 69, edición ordinaria, del 28 de agosto de 2026, incorpora un conjunto de disposiciones que actualizan diferentes aspectos del marco regulatorio de la actividad económica en nuestro país.
Para las mipymes, cooperativas no agropecuarias, trabajadores por cuenta propia y demás actores económicos conocer estas normas no significa asumir que todas les aplican de la misma manera.
Por tanto, le recomendamos que el primer paso es identificar qué actividad realizas, qué normas están dentro de tu ámbito de competencia y qué aspectos de tu gestión podrían requerir una revisión.
En esta edición se publican ocho normas, con especial incidencia en el comercio interior y el Registro Central Comercial. Entre ellas se encuentran los Decretos 167 y 168 de 2026, así como las Resoluciones 195, 15, 23, 24 y 25 de 2026 y el Decreto-Ley 129/2026.
¿Por qué esta Gaceta es relevante?
Porque las nuevas disposiciones no se limitan a crear nuevos trámites.
También actualizan reglas relacionadas con:
- las actividades comerciales;
- el Registro Central Comercial;
- las licencias comerciales;
- los establecimientos;
- los requisitos técnicos;
- el comercio electrónico;
- las ventas a distancia;
- las tarifas de determinados servicios registrales;
- y las obligaciones que deben cumplir los actores comprendidos en estas regulaciones.
Por eso, más que intentar memorizar cada disposición, le sugerimos que consulte con su equipo: ¿Qué parte de este nuevo marco regulatorio tiene relación con mi actividad?
1. Un nuevo marco para el comercio interior
El Decreto 167/2026, “Del Comercio Interior”, establece las regulaciones para realizar actividades de comercio interior, tanto mayorista como minorista, así como servicios gastronómicos de alimentación pública y social y determinados servicios personales, técnicos comerciales y de uso doméstico.
También incorpora dentro del marco regulatorio del comercio interior modalidades como el comercio electrónico y las ventas a distancia, además de otras formas de comercialización.
Entre las posibilidades y modalidades contempladas se encuentran también:
- la creación de cadenas de tiendas;
- cadenas de restaurantes y redes de gastronomía ligera;
- la venta ambulante;
- las ventas de garaje, bajo los permisos correspondientes;
- y la participación de modalidades de inversión extranjera para el desarrollo de la actividad comercial, a través del MINCIN.
La comercialización de bienes y servicios en el mercado interno se contempla tanto en pesos cubanos como en divisas. Esto resulta especialmente relevante para los actores económicos que desarrollan actividades comprendidas dentro del ámbito del comercio interior.
Por ende, es importante si usted es un comercializador dedique unos segundos a responder la siguiente interrogante: ¿La forma en que actualmente comercializo mis productos o servicios coincide con las actividades y autorizaciones que tengo registradas?
2. La actividad que realizas debe corresponderse con lo que tienes autorizado
Este es uno de los puntos que merece mayor atención.
En las actividades sujetas a estas regulaciones, debe existir correspondencia entre la actividad autorizada y la actividad que realmente se realiza.
El Decreto 168/2026, “Del Registro Central Comercial”, actualiza la organización y funcionamiento de este Registro y ratifica la obligatoriedad de inscripción para las actividades comerciales sujetas a este requisito.
La actividad comercial debe corresponderse con la autorización y, en el caso de las personas jurídicas, con su objeto social.
En la práctica, esto significa que quienes se encuentren dentro del ámbito de estas disposiciones deberían revisar que exista correspondencia entre:
actividad autorizada → registro → licencia → actividad realmente realizada.
Porque obtener una autorización no significa que cualquier actividad pueda realizarse al margen de lo que fue autorizado.

3. Obtener una licencia no es el punto final del cumplimiento
El Decreto 168 establece nuevas reglas para la gestión del Registro Central Comercial y contempla licencias comerciales en formato digital para operaciones en: pesos cubanos y divisas.
La licencia comercial tiene una vigencia de hasta tres años.
Pero hay otro elemento especialmente importante: la declaración responsable sobre el cumplimiento de requisitos técnicos puede ser comprobada posteriormente.
Esto significa que el hecho de haber declarado que se cumplen determinadas condiciones no elimina la obligación de mantenerlas. El incumplimiento de los requisitos técnicos puede provocar la revocación de la licencia comercial.
Por eso, una buena práctica es no esperar a una comprobación para hacerse una pregunta sencilla: ¿Las condiciones de mi negocio siguen siendo las mismas que declaré cuando obtuve la licencia?
4. Los establecimientos comerciales también se actualizan
La Resolución 23/2026, “Clasificador de Establecimientos Comerciales”, aprueba un nuevo clasificador y actualiza la clasificación de los establecimientos donde se realizan actividades comerciales.
La clasificación contempla establecimientos de acuerdo con la actividad comercial que realizan y con aspectos relacionados con su calidad y confort, incluyendo niveles alto y medio, así como establecimientos de cercanía o de barrios.
Esto supone que, para los actores comprendidos en esta regulación, la denominación y las características del establecimiento deben corresponderse con la actividad comercial que realmente se desarrolla.
Pero hay un aspecto importante: la actualización del clasificador no significa que todos los establecimientos deban modificar inmediatamente su clasificación.
La información proporcionada establece que se mantiene la clasificación que ostentan los establecimientos comerciales hasta el vencimiento de la licencia comercial otorgada.
Por eso, cada actor deberá revisar su situación concreta y determinar si corresponde alguna actualización.
5. Los requisitos técnicos pasan a ocupar un lugar central
La Resolución 24/2026 establece los requisitos técnicos que deben cumplir los actores autorizados a realizar actividades comerciales y el procedimiento para comprobarlos.
Entre los aspectos contemplados se encuentran requisitos relacionados con:
- licencias;
- identificación del establecimiento;
- medios de pago electrónico;
- y otras condiciones técnicas correspondientes a la actividad.
Aquí aparece nuevamente una idea fundamental: lo declarado debe coincidir con la realidad. La declaración responsable puede ser comprobada posteriormente.
Por eso, antes de solicitar una licencia, realizar una actualización o modificar la actividad, resulta conveniente comprobar que realmente se cumplen las condiciones técnicas exigidas.
6. También cambian algunos aspectos del Registro Central Comercial
El Decreto 168 actualiza la organización y funcionamiento del Registro Central Comercial mediante una gestión con mayor utilización de las Tecnologías de la Información y la Comunicación.
Se mantiene la obligatoriedad de la inscripción y su territorialidad para las actividades sujetas a este requisito. Además, los certificados emitidos por el Registro Central Comercial antes de la entrada en vigor del Decreto 168 mantienen su validez hasta la fecha de caducidad, siempre que se mantenga la misma actividad que tenían autorizada.
Esto resulta especialmente importante para quienes ya cuentan con documentación emitida con anterioridad.
No necesariamente todo documento anterior pierde su validez por la entrada en vigor de una nueva norma.
Hay que revisar qué mantiene su vigencia y bajo qué condiciones.
7. Hay nuevos costos para determinados trámites registrales
Las nuevas disposiciones también establecen tarifas para determinados servicios del Registro Central Comercial. La Resolución 25/2026 establece las tarifas máximas en pesos cubanos para los principales servicios y trámites registrales.
Por su parte, la Resolución 195/2026 del Ministerio de Finanzas y Precios establece tarifas máximas aplicables a determinados servicios del Registro Central Comercial para los sujetos que realizan operaciones en divisas.
Para quienes necesiten realizar trámites ante el Registro, estos costos deberán ser considerados dentro de su planificación.
8. Algunas regulaciones anteriores dejan de estar vigentes
La actualización normativa también implica dejar atrás determinadas disposiciones.
El Decreto-Ley 129/2026 deroga el Decreto-Ley 155 de 1994, relacionado con el decomiso de mercancías por violaciones de las disposiciones del Registro Central Comercial.
Además, la Resolución 15/2026 del Ministerio del Comercio Interior deroga la Resolución 56, de 15 de octubre de 2024, y la Resolución 18, de 6 de mayo de 2025.
Esto deja una recomendación importante para cualquier actor económico: si tus procedimientos internos se basan en normas anteriores, revisa si esas referencias continúan vigentes.
Una actualización normativa no solo implica conocer lo nuevo. También implica saber qué cambió, qué fue sustituido y qué dejó de aplicarse.
Entonces, ¿qué debería revisar cada actor económico?
La respuesta dependerá de la actividad que realiza y del ámbito de aplicación de cada disposición.
No todas las normas de la Gaceta No. 69 generan las mismas obligaciones para todos.
Pero esta lista puede servir como punto de partida:
1. Identifica las normas que aplican a tu actividad
No todas las disposiciones tienen el mismo alcance. Comienza por determinar cuáles están relacionadas con la actividad económica que desarrollas.
2. Revisa tus autorizaciones
Comprueba que la actividad que realizas actualmente se encuentre respaldada por la autorización correspondiente.
3. Comprueba la correspondencia
Cuando resulte aplicable, revisa que exista correspondencia entre tu actividad, autorización, objeto social, licencia, registro y actividad realmente desarrollada.
4. Revisa tus condiciones actuales
Si estás sujeto a requisitos técnicos, comprueba que las condiciones declaradas continúen existiendo en la práctica.
5. Revisa tu información registrada
Si han cambiado aspectos relevantes de tu actividad o de las condiciones declaradas, analiza si corresponde actualizar la información.
6. Revisa tus procedimientos internos
Si utilizas procedimientos basados en regulaciones anteriores, comprueba que continúen siendo válidos.
7. Si comercializas, revisa las nuevas modalidades
Para quienes desarrollan actividades comerciales, merece especial atención la regulación del comercio electrónico, las ventas a distancia, la venta ambulante y otras modalidades de comercialización.
Más que conocer la norma: entender qué hacer con ella
La Gaceta Oficial No. 69/2026 actualiza y reorganiza diferentes aspectos del marco regulatorio cubano, con especial incidencia en el comercio interior y el Registro Central Comercial.
Pero para un actor económico, leer las normas es apenas el primer paso. Deberían analizar con su equipo de trabajo: ¿Qué parte de este nuevo marco regulatorio tiene relación con mi actividad y qué debería revisar?
En VALUARTE creemos que el acceso a la información normativa tiene mayor valor cuando permite comprender sus posibles implicaciones para la gestión. Por eso, nuestro propósito no es simplemente reproducir las disposiciones publicadas. Es estudiarlas, organizarlas y traducirlas en información útil para quienes toman decisiones sobre una actividad económica.
Porque una norma puede ocupar muchas páginas.
Pero lo que necesita un empresario es poder responder una pregunta mucho más concreta: ¿Qué significa esto para mi actividad?
Ese es el análisis que continuaremos compartiendo desde VALUARTE; por tanto, síganos para que no se pierda ningún detalle en próximas publicaciones.
Nota: Este contenido tiene carácter informativo y no sustituye el análisis de cada situación particular. La aplicación de las disposiciones dependerá del ámbito de competencia de cada norma y de las características de la actividad desarrollada por cada actor económico. Para determinar obligaciones específicas, recomendamos consultar el texto íntegro de las disposiciones correspondientes y, cuando sea necesario, contar con asesoramiento especializado.